“Por medio del cual se reforma la Constitución Política de Colombia en su artículo 79 adicionando un inciso que prohíbe expresamente el ejercicio de actividades de exploración y explotación mineras en ecosistemas de páramo.»
Estado: En trámite
Prohíbe minería en páramos.
22/20 S - 458/20 C
2020
Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano. La ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación para el logro de estos fines. Queda prohibida la exploración y explotación minera en ecosistemas de páramo.
Autores
HH.SS. Paola Andrea Holguín Moreno, Alejandro Corrales Escobar, Carlos Felipe Mejía Mejía, José Obdulio Gaviria Vélez, Maria Del Rosario Guerra De La Espriella, Ruby Helena Chagüi Spath. HH.RR. Juan Espinal, Gabriel Jaime Vallejo, Ricardo Ferro Lozano, Juan David Vélez, Esteban Quintero Cardona.